Megallantas

GESTIÓN Y MANEJO DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO (NFU)

  • Régimen Especial de Gestión y Manejo de Neumáticos Fuera de Uso (NFU)
  • Decreto Supremo N° 024-2021-MINAM

ÍNDICE

  1. Marco legal
  2. Conceptos y Definiciones clave
  3. Lineamientos para la gestión y manejo de los NFU
  4. Obligaciones del Productor de Neumáticos
  5. Obligaciones del Generador de NFU
  6. Sistema Individual de Gestión y Manejo MEGALLANTAS NFU
  7. Infracciones y Sanciones
  8. Alianza Estratégica con el Sistema Individual de MEGALLANTAS
  9. Compromiso Acuerdo de Gestión y Manejo de NFU
  10. Puntos de Acopio

1. MARCO LEGAL

  • Ley N ° 28611. Ley General del Ambiente y sus modificatorias Decreto Legislativo N° 1055; Ley N° 29263 y Ley N° 29895 del 16/07/2018
  • Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos del 23/12/2016
  • Decreto Supremo N° 014-2017-MINAN, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278 del 21/12/2017
  • Decreto Supremo N° 345-2018-EF Política Nacional de Productividad y Competividad
  • Decreto Legislativo N° 1501, que modifica el Decreto Legislativo N ° 1278 del 11/05/2020
  • Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE Hoja de Ruta hacia una Economía Circular del 17/02/2020
  • Decreto Supremo N° 024-2021-MINAM, Régimen Especial de Gestión y Manejo de Neumáticos Fuera de Uso-NFU del 26/07/2021
  • Decreto Supremo 001-2022-MINAM, que modifica el Decreto Supremo N ° 014-2017-MINAN del 09 /01/2022
  • Resolución del Consejo Directivo N° 0002-2022-OEFA/ ACD, Tipificación de Infracciones Administrativas y Escalas de Sanciones Aplicables por el Incumplimiento en la Gestión y Manejo de los NFU del 23/02/2022

INSTRUMENTOS PARA LA GESTION DE NFU

2. CONCEPTOS Y DEFINICIONES

Que és?
BIEN PRIORIZADO: Son a bienes de consumo masivo que, por su volumen, inciden significativamente en la generación de residuos sólidos o que por sus características requieren un manejo especial.

REGIMEN ESPECIAL: Es una situación de excepcionalidad a la Ley general.

NEUMATICO FUERA DE USO–NFU: Neumático del cual su generador se desprende o tiene la intención u obligación de desprenderse, de acuerdo con la normativa vigente.

RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR : Enfoque por el cual el productor de neumáticos tiene la responsabilidad del producto, incluyendo las fases post industrial y post consumo, considerando las etapas de recolección de sus residuos, transporte, acondicionamiento y valorización, de forma ambientalmente adecuada.

RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: La gestión integral de los neumáticos es una corresponsabilidad social, requiere la participación conjunta, coordinada y diferenciada de productores y su cadena comercial, generadores de NFU, operadores de NFU y municipalidades.

VALORIZACIÓN DE RESIDUOS: La valorización constituye la alternativa de gestión y manejo que debe priorizarse frente a la disposición final de los residuos: puede ser material y/o energética. La norma NFU considera a la reparación y el reencauche como formas de valorización.

SISTEMAS DE VALORIZACIÓN NFU: Se conforman para asegurar el manejo adecuado de los mismos, bajo el marco de los principios de REP y responsabilidad compartida. El sistema de manejo de NFU puede ser individual o colectivo. Sus objetivos fundamentales se centran en prevenir su generación, establecer el régimen jurídico de su producción y gestión, así como fomentar, por este orden, su reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, todo ello para proteger el ambiente y avanzar hacia una economía circular.

ECONOMÍA CIRCULAR: Cambio de modelo de la gestión actual de residuos (en nuestro caso los neumáticos), que tiene un carácter lineal, a un modelo de producción y consumo que reemplazan el concepto de ‘fin de vida útil’ por reducir, alternativamente reutilizar, reciclar y recuperar materiales en los procesos de producción / distribución y consumo, todas las veces que sea posible para crear un valor añadido. De esta forma, el ciclo de vida de los productos se extiende.

3. LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN Y MANEJO DE NFU

  • Maximizar la recolección y Valorización NFU
  • Aplicar el principio de REP, considerando todas las etapas del ciclo de vida de los Neumáticos.
  • Aplicar la Responsabilidad Compartida (RC)en la gestión integral de los NFU con participación de Generadores, Operadores de Residuos solidos y Municipalidades.
  • Involucrar a los comercializadores y distribuidores para que en alianza con los sistemas NFU, faciliten la recolección de los NFU.
  • Informar y educar a la ciudadanía en minimización de generación de NFU y su Valorización.
  • Promover el reencauche.
  • Aplicar la economía circular en la gestión y manejo de los NFU

4. OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR DE NEUMÁTICOS

  • Diseñar, implementar y administrar sistemas de manejo de los NFU, de forma individual y/o colectiva, que garanticen la adecuada gestión y manejo de dichos residuos sólidos.
  • Presentar un Plan de Manejo de NFU al MINAM, para su evaluación y aprobación.
  • Cumplir con los compromisos asumidos en el Plan de Manejo aprobado
  • Informar directamente a sus clientes, distribuidores y comercializadores sobre la forma adecuada de gestión y manejo de los NFU, atendiendo a los lineamientos establecidos en el artículo 4.
  • Difundir en su portal electrónico, en sus instalaciones u otros medios de difusión, la información señalada en el numeral 4 del presente artículo sobre el manejo y gestión de los NFU.
  • Elaborar y presentar la Declaración Anual del Productor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la presente norma. En el caso de los sistemas colectivos, la Declaración Anual del Productor es presentada por el representante del referido sistema.
  • Garantizar la gestión y manejo adecuado de los NFU, que sean recolectados a través de un sistema colectivo o individual, hasta su valorización material y/o energética, en actividades económicas debidamente autorizadas. En su defecto, se debe garantizar que estos ingresen a infraestructuras de valorización debidamente autorizadas. En los casos en los cuales no sea posible su valorización, los NFU deben ser dispuestos en infraestructuras de disposición final de residuos sólidos debidamente autorizadas Art. 9 DS 024-2021-MINAM.

5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL GENERADOR DE NFU

GENERADOR NFU: Toda persona natural o jurídica, entidad pública o privada, que, en razón de sus actividades domésticas, industriales, comerciales, de servicios, administrativas o profesionales, utilizan neumáticos y generan residuos a partir de ellos.
Los generadores del ámbito de gestión no municipal pueden realizar operaciones de acondicionamiento y/o valorización respecto de los NFU generados en el desarrollo de sus actividades económicas u otras, como actividad o componente auxiliar de su actividad principal, siempre que se encuentre previsto en su instrumento de gestión ambiental aprobado para su actividad, en caso corresponda.

Están obligados a:
Minimizar, segregar y almacenar los NFU.
Entregar los NFU de manera directa a los sistemas de manejo de NFU individual o colectivo; o en forma indirecta a través de los operadores de NFU encargados por los sistemas. También pueden entregar sus NFU a los distribuidores y comercializadores que formen parte de un sistema de manejo de NFU, sin realizar pago o cobro alguno por ello.
En caso los generadores no municipales requieran o cuenten con Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión Ambiental complementario al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), deben incluir en el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, la gestión y manejo de los NFU generados en el desarrollo de sus actividades. Asimismo, deben reportar, a través del SIGERSOL, la Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos que incluye la información referida a los NFU generados.

Responsabilidad: Una vez entregados los NFU a los sistemas de manejo u operador NFU encargado por éstos, el generador queda exento de responsabilidad por los daños que ocasione el inadecuado manejo de NFU, salvo se demuestre que su negligencia, dolo u omisión de información sobre el manejo, origen, cantidad y características de peligrosidad de dichos residuos, contribuye a la generación del año.

Obligaciones del distribuidor y Comercializados
Cuando el Distribuidor y comercializador realice la fabricación o importación de neumáticos:
Se constituye como productor y debe cumplir con las obligaciones
Cuando el Distribuidor y comercializador NO Fabrica ni importa:
Establecer Puntos de Acopio NFU de manera gratuita en coordinación con el sistema.
Entregar los NFU acopiados a los sistemas de manejo de NFU.
Difundir y sensibilizar a sus clientes sobre manejo adecuado y entrega de NFU en puntos de acopio propios o de sistemas de manejo de NFU.
Articulo 21 del DS024-2021 MINAM, Articulo 22 del DS024-2021 MINAM

¿Qué es un Operador de Manejo de NFU?
El operador de NFU es aquella persona jurídica que cuenta con una infraestructura de valorización, y se encuentra inscrita para desarrollar dicha operación, en el Registro Autoritativo de EO-RS administrado por el MINAM.

Además de la operación de valorización, el operador de NFU puede desarrollar las operaciones de recolección y transporte, así como acondicionamiento, para lo cual debe encontrarse inscrito en el Registro Autoritativo de EO-RS, según corresponda.

Las EO-RS autorizadas para recolección y transporte de NFU, reciben los NFU del generador de manera indirecta por encargo de los sistemas de manejo, para ser entregados a las actividades económicas y/o a los operadores de NFU.

Art. 26 y 27 DS 024-2021-MINAM

Obligaciones del operador NFU
Recolectar, transportar, acondicionar y/o valorizar los NFU, de acuerdo con las autorizaciones con las que cuenta.
Manejar aquellas partes de NFU que no puedan ser valorizadas, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento.
Si exporta NFU o sus componentes, debe cumplir con los procedimientos establecidos por la autoridad competente, en concordancia con la normatividad vigente.
Remitir a los productores copia de los registros de los NFU recolectados, transportados, acondicionados y/o valorizados.
Remitir al MINAM su Declaración Anual de Manejo de NFU, a través del SIGERSOL. Asimismo, el operador de NFU debe cumplir con lo establecido en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento.
Art. 28 DS 024-2021-MINAM

ACTIVIDAD ECONOMICA DE REENCAUCHE Y REPARACION COMO FORMA DE VALORIZACION – Responsabilidades y Obligaciones

  • Para fines del cumplimiento de metas de recolección y valorización de los sistemas de manejo individual o colectivo de NFU (SMI/C-NFU), la ACTIVIDAD ECONOMICA DE REENCAUCHE y REPARACION se considera una Forma de Valorización de NFU.
  • El sistema individual o colectivo (SMI/C-NFU) a través de sus Planes de Manejo aprobados por el MINAM, entre otros, define la ACTIVIDAD ECONOMICA DE REENCAUCHE Y REPARACION que en adelante será un destino autorizado y válido para el cumplimiento de sus metas de recolección y valorización de NFU. Suscrito el Acuerdo de Manejo, adquieren corresponsabilidad social en el manejo de los NFU con todos los actores del sistema.
  • La ACTIVIDAD ECONOMICA DE REENCAUCHE Y REPARACION deberán brindar información al sistema respecto a las operaciones mediante la forma de valorización de NFU de reencauche y reparación según categoría y contar con documento que sustente su vínculo con el sistema.
  • Los neumáticos se consideran recolectados y/o valorizados en el momento en que son entregados a la ACTIVIDAD ECONÓMICA DE REENCAUCHE Y REPARACION Las operaciones de entrega deben acreditarse mediante la documentación regulada por la SUNAT o CONTRATO RESPECTIVO.
  • Arts.5, 18.4, Art.9 núm.. 7, Art. 10 literal f., Art. 20.1, 20.2, 20.3 del Decreto Supremo N°024-2021-MINAM

¿Que categoría de NFU se puede Reparar y/o reencauchar
Para el cumplimiento de Metas de Recolección y Valorización?
Las Categorías de NFU para fines del cumplimiento de metas de recolección y valorización, según forma de valorización son:

Categoría A (aro < 25 pulgadas)  Reencauche u otras actividades que prolonguen la V.U. del Neumático.

Categoría B (aro >= 25 pulgadas) Reparación.

Artículo 5 y 18.4 del Decreto Supremo N°024-2021-MINAM

¿A cuanto asciende las metas de Cumplimiento de Recolección y Valorización de NFU?

CATEGORÍA A

¿A cuanto asciende las metas de Cumplimiento de Recolección y Valorización de NFU?

CATEGORIA B

AñoCategoría B Meta de recolección  (Puntos de Acopio)Categoría B Meta de Valorización (incluye Reencauche)
2022VoluntarioVoluntario
2023VoluntarioVoluntario
202410 %10 %
202520 %20 %
202625 %25 %
% : se refiere al porcentaje de la cantidad de neumáticos que se han incorporado en el mercado, durante el año calendario anterior correspondiente, expresado en toneladas y según lo calculado en la línea base del Plan de Manejo del sistema NFU
Artículo 18.2, 18.3 y 18.4 del Decreto Supremo N°024-2021-MINAM

¿Que Reglas se deben cumplir para Acreditar el cumplimiento de las metas de recolección y/o valorización con una ACTIVIDAD ECONOMICA?

El valor de cumplimiento debe obtenerse como resultado de las estrategias de recolección y valorización implementadas por el sistema de manejo de NFU.
Los neumáticos CATEGORIA A se consideran recolectados y/o valorizados en el momento en que son entregados a una ACTIVIDAD ECONÓMICA DE REENCAUCHE U OTRA QUE PROLONGUE LA V.U. DEL NEUMATICO y Los neumáticos CATEGORIA B se consideran recolectados y/o valorizados en el momento en que son entregados a una ACTIVIDAD ECONÓMICA DE REPARACION
Las operaciones de entrega a una ACTIVIDAD ECONOMICA deben acreditarse mediante la documentación regulada por la SUNAT (FACTURAS, GUIAS DE TRANSPORTE, ETC).
Si en dicho instrumento no constan las toneladas de NFU recolectadas y/o valorizadas, debe acompañarse el CONTRATO RESPECTIVO en el que se indique el precio de la operación por cada tonelada.
Artículo 20.1, 20.2, 20.3 del Decreto Supremo N°024-2021-MINAM

6. SISTEMA DE GESTIÓN Y MANEJO DE NFU-MEGALLANTAS TRUJILLO NFU

PLAN DE MANEJO DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO – NFU (PM-NFU)

Es el instrumento de planificación de la gestión y manejo de NFU, presentado ante el MINAM por el productor o grupo de productores de Neumáticos a través de un sistema individual o colectivo y contiene las estrategias y actividades a desarrollar en cada una de las etapas de la gestión y manejo de NFU.

LLANMAXXI DEL PERU S.A.C. presento ante el MINAM el Plan de Manejo de NFU – Individual, y fue aprobada

CARTA N° 00814-2022-MINAM/VMGA/DGR.

Artículo 14.- Plan de Manejo de Neumáticos Fuera de Uso – NFU

PM-NFU – Objetivos Específicos 2022

  • Establecer un programa de Difusión, sensibilización y educación a los diferentes actores en de nuestro Sistema de Gestión y Manejo NFU, sobre su participación y responsabilidad en el mismo..
  • Establecer Acuerdos de Gestión y Manejo de NFU con nuestra red de distribuidores, clientes y operadores, para la Articulación y Operatividad del Sistema de Gestión y Manejo de NFU, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el DS N° 024-2021-MINAM
  • Realizar acuerdos con empresas rencauchadoras para el alargamiento de vida de los neumáticos de nuestros clientes a través de la reparación y el reencauche
  • Establecer un sistema de logística inversa de los puntos de acopio temporal de nuestros clientes, hacia planta de valorización o Infraestructura de disposición final (en proceso de implementación), a través de flota Propia de transporte y/o con EO-RS de transporte.
  • Establecer acuerdos de servicio de valorización de NFU existentes y/o potenciales.
  • Establecer acuerdos del servicio de disposición final en rellenos sanitarios y/o seguridad para los NFU que no se pueda valorizar.
  • Implementar y desarrollar durante el año 2022- 2023 las estrategias, programas y actividades, que crean las condiciones habilitantes para la implementación del sistema individual de manejo de NFU y cumplir metas de recolección y valorización.

Implementación del Plan de Manejo NFU del Sistema de Gestión Individual de Manejo de NFU

SGI – LLANMAXXI NFU CADENA DE DISTRIBUCION Y COMERCIAL (Esquema para la difusión, sensibilización y flujo de Data NFU)

Determinación del Sistema óptimo de Gestión y Manejo de NFU (Individual / Colectivo) Acciones inmediatas para determinación del sistema óptimo

Diseño e Implementación del Sistema de Gestión y Manejo de NFU

7. INFRACCIONES Y SANCIONES

  1. a) Para los actores involucrados en la gestión y manejo de NFU en general

b. Para los productores de neumáticos, quienes son responsables del producto durante su ciclo de vida, incluyendo las fases posindustrial y posconsumo, considerando las etapas de recolección de sus residuos hasta la disposición final

c. Para los operadores de NFU, siempre que estas actividades se realicen fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote.

d. Para los generadores de NFU, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

e. Para los distribuidores y comercializadores de NFU, sin perjuicio de los tipos infractores aprobados por los gobiernos locales.

8. ALIANZA ESTRATÉGICA CON EL SISTEMA INDIVIDUAL DE MEGALLANTAS TRUJILLO NFU

  • Con clientes principales o de flotas -> para el acondicionamiento de almacenes temporales de NFU bajo el principio RC.
  • Con las Municipalidades Distritales o provinciales -> Puntos Limpios NFU
  • Con actuales comerciante de NFU -> para su Potencial autorización como EO-RS de Acondicionamiento.
  • Con actuales valorizadores NO Autorizados -> para su Potencial autorización como EO-RS Valorizador de NFU.

9. COMPROMISO: Acuerdo de Manejo de NFU con el Sistema Individual MEGALLANTAS TRUJILLO NFU”

Acuerdo de Manejo de NFU con el Sistema Individual NFU.

¿QUÉ ES UN ACUERDO DE MANEJO DE NFU?

Se entiende por Acuerdo de Manejo de NFU, el establecimiento de una relación escrita y firmada entre el Generador de NFU y el Sistema Individual de Gestión y Manejo de NFU, con el fin de establecer los compromisos y resultados frente al mandato del DS N° 024-2021-MINAM, Régimen Especial de Gestión y Manejo de Neumáticos Fuera de Uso-NFU, metas de recolección y valorización de NFU; estableciéndose por un periodo determinado e incluye la definición de indicadores a través de los cuales será evaluado el mismo.

OBJETIVOS DE SU APLICACIÓN

·Alinear e integrar el manejo de los NFU del generador hacia el Sistema Individual de Gestión y Manejo de NFU de acuerdo con las prioridades establecidas en sus respectivos planes.

·Establecer procesos, procedimientos y protocolos para el manejo de los NFU.

·Establecer mecanismos de valorización de NFU, a través del Reencauche y reparación.

·Fortalecer y desarrollar la responsabilidad compartida del generador de NFU con el Sistema Individual de Gestión y Manejo de NFU, frente a las entidades supervisoras y fiscalizadoras.

¿COMO DE DESARROLLARA EL ACUERDO DE MANEJO DE NFU?

1.Difusión

2.Concertación

3.Formalización del Acuerdo

4. Seguimiento

5. Evaluación

10. PUNTOS DE ACOPIO

Select the fields to be shown. Others will be hidden. Drag and drop to rearrange the order.
  • Imagen
  • SKU
  • Rating
  • Precio
  • Stock
  • Disponibilidad
  • Agregar al carrito
  • Descripción
  • Contenido
  • Peso
  • Tamaño
  • Información adicional
Click outside to hide the comparison bar
Compare
Carrito de compras close